¿CUÁNTO COBRO SI ESTOY DE BAJA MÉDICA?

Si a un trabajador por cuenta ajena le dan la baja médica, ¿Cuánto cobra?

Hoy en nuestra sección noticias nos centraremos en una consulta en temas de laboral, la pregunta que me han hecho es la siguiente:

‘Estoy con la baja por la seguridad social desde el 4 de este mes y me han dicho que, si llevo más de veinte días de baja o un mes no me quitan tanto del sueldo, ¿es así?’

A este cliente solo puedo decirle lo siguiente:

Debido a su consulta tan generalizada, sin saber a que sector pertenece, ni las características de su contrato de trabajo, ni el motivo de su baja médica, etc., puedo responderle de forma generalizada lo siguiente:

Cuando la baja médica es por enfermedad común y accidente no laboral, la cuantía de la prestación económica a percibir sería calculada de la siguiente forma:

* 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive.

* 75% desde el día 21 en adelante.

Cuando la baja médica es por enfermedad profesional o accidente de trabajo, la cuantía de la prestación económica a percibir sería calculada de la siguiente forma:

* 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.

Lo único que tendría que apuntar a esta información es que dependiendo del convenio colectivo al que pertenezca, éste solo podrá igualar o mejorar las condiciones del contenido de esta cuantía, pero no desmejorarlas.

Desde Asesoria Navarro estaremos encantados de ayudarle a resolver sus consultas de forma correcta.

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN

Otros artículos

Artículos de interés

VACACIONES FISCALES

No recibir cartas de hacienda en vacaciones, te lo contamos.

Artículos de interés

EL COMPLEMENTO DE PATERNIDAD PARA TU PENSIÓN

Si eres HOMBRE con dos o más hijos, y te jubilaste entre 01/01/2016y el 03/02/2021; haz uso de tu derecho al cobro de un complemento de paternidad para tu pensión.