¿PUEDO ESTAR CONTRATADO Y SER AUTÓNOMO?

Me dedico a la enseñanza y estoy contratado, me han ofrecido otro trabajo también como profesor, pero es fuera de España, ¿Puedo hacerlo? ¿Cómo lo hago? Te lo contamos.

Esta semana dedicamos nuestro artículo a una consulta muy interesante que nos han hecho, se trata de un caso de pluriempleo y/o pluriactividad, concretamente trabajar en dos regímenes, el de cuenta ajena y propia, con una dificultad agregada, que sea en un país de fuera de España, pero que éste, a la vez, pertenezca a la Unión Europea.
Para desmarañar este acertijo te cuento lo que se nos plantea. Se trata de una persona de nacionalidad española, que reside y trabaja en España, se dedica a la enseñanza, y tiene un contrato por horas en un centro de enseñanza privado. Resulta que a esta persona se le presenta la oportunidad de trabajar como profesora para dar clase en una academia de idiomas, sus clases serán impartidas de forma online, pues la academia se encuentra en Croacia; la academia le ofrece facturarle y pagarle por clase que imparta, con lo cual la persona en cuestión nos preguntaba a nivel fiscal y laboral como podría enfocar este asunto para hacerlo dentro de la legalidad.


Pues bien, ante un caso así, y sino hay contrato de trabajo, a esta persona se le resolvió su consulta de la siguiente forma:
En primer lugar , y al no ofertarle esta academia contratación alguna, esta persona tendrá que desarrollar esta actividad por cuenta propia, es decir, tendrá que cursar su alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos); tanto en TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social), como en hacienda en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), siendo su CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), el 9339, Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares n.c.o.p. ; además debería de tener en cuenta el detalle de que esta academia se encuentra fuera de España, por lo tanto debería de hacérselo saber a la administración indicando que facturaría a un país intracomunitario.


Así logramos resolver la consulta de esta persona con éxito.

Espero que este artículo le haya servido de ayuda.

Puede usted ampliar información sobre este tipo de trámites en nuestro despacho, ya que nos dedicamos a la asesoría de empresas y particulares, pero también ofrecemos un amplio servicio de consultoría, atendido por profesionales, que le dan solución en un máximo de 24-48 horas, dependiendo de la temática de la misma.

Si usted se encuentra ante una difícil situación en la que no sabe cómo actuar, ya sabe que siempre cuenta con los profesionales de Asesoria Navarro, que estarán encantados de poder ayudarle.

Gracias por su atención y tiempo.

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