CRÉDITOS DE FORMACIÓN BONIFICADA

Ayuda para las empresas que tengan trabajadores y quieran darles cursos de formación.

Empresario, si tienes trabajadores, contratados en Régimen General,  deberías saber que dispones de un crédito en Tesorería General de la Seguridad Social para darle formación a tus trabajadores, a eso se le llama la formación bonificada.

El plazo para poder hacer uso de este crédito finaliza el 31 de diciembre de cada año, llegada esta fecha, si no has consumido tus créditos los perderás, ya que no son acumulables para el siguiente año.

Este crédito tampoco podrás cobrarlo en metálico, sino que deberás buscar a una empresa que se dedique a impartir cursos de formación, una vez elegido el curso que te interese para tus trabajadores, hay un amplio catálogo (de obligado cumplimiento, Laboral, -contabilidad y finanzas, idiomas, informática, …).

La empresa que se encargue de realizar esta formación te emitirá la factura por los servicios que te ha prestado, la cual llevará como base imponible el crédito que tengas acumulado en tesorería, y a esto se le sumará el IVA; el total de esta factura deberás de pagarle a esta empresa, y seguidamente, harás entrega de la misma a tu asesoría, la cual se encargará de deducir del importe, la base imponible, en tus seguros sociales, por ejemplo,  si el total de tus seguros sociales a pagar mensualmente es de 1020 euros y la base imponible de esa factura es de 420 euros, en ese mes solo tendrás que abonar la cantidad de 600 euro a tesorería en concepto de seguros sociales. El resto, el IVA, te lo deducirás en concepto de gasto en el/los modelo/s  y/o impuesto/s que corresponda/s.

¿De cuánto crédito dispone mi empresa? La cuantía del crédito acumulado en tesorería dependerá del número de trabajadores que la empresa tenga, así pues si la empresa tiene:

  • De 1 a 5 trabajadores o nueva apertura: mínimo 420, 00 €.
  • De 6 a 9 trabajadores, el 100% de la cantidad cotizada.
  • De 10 a 49 trabajadores, el 75% de la cantidad cotizada.
  • De 50 a 249 trabajadores, 60% de la cantidad cotizada.
  • De 250 trabajadores en adelante, 50% de la cantidad cotizada.

Si aún no has consumido tus créditos para la formación, ¡ponte las pilas! el 31 de diciembre expiran.

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