Factura Proforma y/o Simplificada: ¿Cuál es la correcta?

Empresario, hablemos de tus gastos, ¿recoges los documentos adecuados a los requisitos que hacienda te pide para que sean deducibles fiscalmente de forma correcta?
  • Importe máximo: Hasta 400 euros, IVA incluido.
  • Contenido mínimo: Número y serie, fecha de expedición, NIF del emisor y destinatario, descripción de los bienes o servicios, tipo impositivo aplicado y contraprestación total.
  • Deducción del IVA: El IVA de una factura simplificada es deducible siempre que se incluya el NIF del destinatario y se cumplan los requisitos legales.

Deducciones Fiscales

Para que una factura simplificada sea deducible, debe cumplir con unos mínimos requisitos:

  1. Incluir el NIF del destinatario: Es esencial que la factura contenga el NIF del destinatario para que el IVA sea deducible, es la única forma de identificar al comprador y/o pagador.
  2. Descripción detallada: La factura debe incluir una descripción clara de los bienes o servicios proporcionados, con esta información hacienda sabe si esos artículos son necesarios para tu actividad o no.
  3. Separación de la cuota impositiva: La cuota repercutida debe estar detallada de forma separada, a esto se refiere al tipo de IVA que has abonado en el pago de esa factura.

Conclusión

En resumen, las facturas proforma no son deducibles a efectos fiscales, mientras que las facturas simplificadas sí lo son, siempre que cumplan con los requisitos legales. Es importante asegurarse de que las facturas simplificadas incluyan toda la información necesaria para evitar problemas con Hacienda.

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